16.05.2024

Actualización Página Web de APLIFISA

Con fecha de hoy se han actualizado las siguientes aplicaciones en nuestra página Web (www.aplifisa.com):

- Renta 2.023 (de fecha 16/05/2024) Novedades más importantes:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
    • Deducción por descendiente con discapacidad. Se corrige error de validación cuando existe cesión entre progenitores o cuando se imputa el mínimo a más de un contribuyente.
    • Deducción por familia numerosa categoría especial. Se corrige error de validación cuando existe una cesión entre ambos progenitores, sin que éste, este incluido en la unidad familiar.
    • Anualidades por alimentos: se subsana error de validación cuando existe más de un registro de anualidad por hijos y no tiene NIF asociado.
    • Se corrige error de validación en las actividades económicas cuando tiene derecho a la reducción por inicio de actividad o Reducción 32.2.3 y tienen rendimientos en negativo.
    • Eliminación de errores de validación en la deducción por inversión vivienda habitual correspondiente a la CCAA Cataluña.
    • Inversiones empresariales. Se elimina error de validación en la marca 13- Deducción por inversión en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectas a actividades económicas.
    • Pendientes de ejercicios anteriores: Se corrige error de validación de la marca 6 saldo neto de cap. Mobiliario de ejercicios anteriores.
    • Bienes inmuebles arrendados: Botón- ayuda en amortización de casos especiales, donde se indica en qué casos se debe cumplimentar esa casilla.
    • Se soluciona error de inserción de datos en Cartera de Valores.
    • Subsanación de errores de validación en las siguientes CCAA:
      • Aragón: Deducción autonómica por nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10.000 habitantes.
      • Asturias: Deducción autonómica para familias numerosas con la condición de Familia constituida por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes.
      • Canarias:
        • Deducción autonómica por acogimiento de menores.
        • Deducción autonómica por familiares dependientes con discapacidad.
      • Cantabria: Deducción autonómica por gastos de guardería.
      • Castilla la Mancha: Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual por familias numerosas.
      • Galicia:
        • Deducción autonómica por familia numerosa. Se modifica cálculo de la deducción para el cónyuge y con ello, se corrige el error de validación de fichero.
          • Se añade un check para indicar que el otro progenitor tiene derecho a aplicar la deducción, aplicando así la mitad de la deducción en la liquidación.
        • Deducción autonómica por familias con dos o más hijos: Se añade check “si conviven con ambos, marque la casilla” para repartir la deducción a la mitad para cada uno de los progenitores.
      • Castilla y León:
        • Deducciones autonómicas (marca 99) Importes pendientes de aplicar de ejercicios anteriores.
        • Deducción autonómica por cuidado de hijos menores.
      • Baleares:
        • Deducción autonómica por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación. Se crea campo nº de personas con derecho para limitar y prorratear entre ese nº de personas con derecho el límite de la deducción.
        • Deducción autonómica por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros.
        • Deducción autonómica por arrendamiento de vivienda habitual.
        • Deducción autonómica por obtención de subvenciones o ayudas para paliar los efectos de la inflación en 2023.
      • Madrid:
        • Deducción autonómica por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica.
        • Deducción autonómica por cuidado de ascendientes, cuando más de contribuyente tenga derecho a aplicarse la deducción.
        • Deducción autonómica por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos.
        • Deducción autonómica por gastos educativos.
      • Murcia: Deducción autonómica por nacimiento o adopción.
      • La Rioja: Deducción autonómica por nacimiento o adopción.
      • Valencia:
        • Deducción autonómica por contribuyentes con dos o más descendientes.
        • Deducción autonómica por nacimiento, adopción o acogimiento. Se limita la deducción para los acogimientos al periodo impositivo actual.
  • Impuesto sobre el Patrimonio
    • CCAA Madrid y andalucia: Se permite configurar la bonificación relacionada con el Impuesto Temporal de las Grandes Fortunas.